Afectados por el temporal pueden presentar las autoliquidaciones con domiciliación hasta el 18 de enero

Afectados por el temporal pueden presentar las autoliquidaciones con domiciliación hasta el 18 de enero


Extensión del plazo para la presentación de las declaraciones y autoliquidaciones con orden de #domiciliación. Se amplían excepcionalmente hasta las 15:00 del día 18 de enero de 2021 para afectados por la borrasca «Filomena».

Más info:
https://www.boe.es/boe/dias/2021/01/14/pdfs/BOE-A-2021-518.pdf

En la actualidad son múltiples y de distinta índole las situaciones excepcionales que se han ido presentando en las distintas esferas de la vida cotidiana. Para minimizar el efecto de las mismas en el cumplimiento de las obligaciones fiscales se han venido adoptando, entre otras, medidas urgentes, extraordinarias y complementarias en materia tributaria para responder al impacto económico del COVID-19 así como medidas de apoyo a determinados sectores y, en general, a la economía. En este orden de actuaciones se hace preciso, en esta ocasión, atender a las necesidades excepcionales derivadas de la borrasca atmosférica «Filomena» que a su paso por la península Ibérica ha impedido y dificultado el normal desarrollo de toda clase de actividades. Por ello, en la línea apuntada, se adoptan medidas dirigidas a la ampliación de los plazos en materia de domiciliación del pago de las obligaciones tributarias que permitan una mayor flexibilidad en la operativa tributaria.

No será necesaria ninguna una justificación previa para acceder a esta extensión de plazo., pero el contribuyente debe valorar si está sufriendo esa imposibilidad de presentación y, llegado el caso, la Administración podría requerirle una justificación a posteriori mínimamente razonable.

The Courses