PUBLICADA EN EL BOE EL 25 DE OCTUBRE DE 2017. ACCEDE AL DOCUMENTO COMPLETO EN:
https://www.boe.es/boe/dias/2017/10/25/pdfs/BOE-A-2017-12207.pdf
ESTA LEY SE COMPLEMENTA CON EL REAL DECRETO-LEY DEL 28 DE DICIEMBRE DE 2018:
https://ata.es/wp-content/uploads/2019/01/BOE-A-2018-17992-real-decreto-autonomos.pdf
Madrid, 11 de octubre de 2017. “Una Ley aprobada por unanimidad en el Congreso y ahora aprobada en el Senado sin cambios debe ser una gran Ley que facilita la vida a los autónomos. Debemos estar muy satisfechos por el trabajo realizado” ha asegurado Lorenzo Amor, presidente de ATA. “Queda mucho que trabajar pero es el de hoy un gran paso y coincide con el décimo aniversario de la entrada en vigor aquel primer paso que se dio para ayudar a los autónomos como fue su Estatuto”.
ATA propondrá nuevas medidas a la Subcomisión creada para la reforma el RETA en la comparecencia que inaugurará el presidente de ATA el próximo 18 de octubre.
Todos los grupos políticos aprobaron en la Comisión de Empleo y Seguridad Social el texto de la Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo que hoy se ha aprobado en el Senado. “Es una Ley que mejora la protección social, las condiciones para emprender y reemprender, que elimina trabas y facilita la actividad. En definitiva es una ley que da voz a los autónomos. Permitirá que se sumen más autónomos, que consoliden su actividad y que se pueda crear más empleo”.
La Ley de medidas en favor del Trabajo Autónomo responde a las peticiones realizadas por la Federación Nacional de Trabajadores Autónomos- ATA aunque seguiremos reclamando en la Subcomisión de Empleo en el Congreso más medidas que faciliten la vida a los autónomos.
DECLARACIONES DE LORENZO AMOR, PRESIDENTE DE ATA:
Medidas aprobadas (consultar en nuestra web las fechas de entrada en vigor de cada punto):
Las medidas entran en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE excepto las que les indicamos expresamente como de entrada en vigor el 1 de enero.
MEDIDAS PARA EMPRENDEDORES
– Se amplía la tarifa plana de 50 euros a un año para nuevos autónomos o aquellos que no lo fueron en los dos últimos años. ENTRADA EN VIGOR EN ENERO DE 2018.
– Los emprendedores podrán optar de nuevo a esta tarifa plana pasados tres años desde que la disfrutaron si vuelven a reemprender. ENTRADA EN VIGOR EN ENERO DE 2018.
– Se aplican mejoras para los emprendedores con discapacidad. ENTRADA EN VIGOR EN ENERO DE 2018.
– Las bonificaciones de la tarifa plana se extienden hasta los 24 meses. Los seis siguientes a los doce de tarifa plana de 50 euros, se bonifica al 50% y los últimos 6 al 30%. ENTRADA EN VIGOR EN ENERO DE 2018.
MEDIDAS FISCALES
– Se reducen los recargos por retraso en los pagos a la Seguridad Social a la mitad, pasando del 20% al 10% en el primer mes. ENTRADA EN VIGOR EN ENERO DE 2018.
– Los autónomos podrán deducirse un 30% de los gastos de suministros, como el agua, la luz y telefonía, siempre que se trabaje desde casa. ENTRADA EN VIGOR EN ENERO DE 2018.
– Se podrán deducir 26,67 euros diarios en el IRPF por gasto en comida, cuando afecta directamente a la actividad en territorio español. En el extranjero asciende a 48€. ENTRADA EN VIGOR EN ENERO DE 2018.
MEDIDAS SOBRE LAS COTIZACIONES
– Los autónomos sólo pagarán desde el día efectivo que se dan de alta o de baja en el RETA y no todo el mes como hasta ahora. ENTRADA EN VIGOR EN ENERO DE 2018.
– Los autónomos podrán darse tres veces de alta y de baja en el mismo año. ENTRADA EN VIGOR EN ENERO DE 2018.
– Los autónomos podrán cambiar hasta cuatro veces en el mismo año su base de cotización, en función de sus intereses e ingresos. ENTRADA EN VIGOR EN ENERO DE 2018.
– Se devolverá el exceso de cotización de los trabajadores con pluriactividad sin que tengan que solicitarla.
– Un autónomo podrá cobrar el 100% de la pensión y seguir trabajando si tienen al menos un trabajador a su cargo.
– La cuota de los autónomos societarios ya no subirá automáticamente en función de lo que se eleve el salario mínimo interprofesional, sino que dependerá de lo que se determine en los presupuestos generales del Estado (PGE), después de negociarlo con las asociaciones de autónomos más importantes. DIÁ SIGUIENTE PERO PENDIENTE DE LOS PGE
MEDIDAS PARA AUTÓNOMAS
-Se ha establecido una tarifa plana de 50 euros de cuota para las madres que reemprendan antes dos años desde que cesó su negocio por maternidad, adopción, acogimiento, etcétera. Es una excepción para que no tengan que esperar a cumplir dos años desde que fueron autónomas por última vez para poderse acoger a la tarifa plana como el resto.
CONCILIACIÓN
-Los autónomos que sean madres/padres estarán exentos de pagar cuota durante el periodo de baja por maternidad/paternidad, adopción, acogimiento, etcétera.
– Se ha aprobado la exención del 100% de la cuota de autónomos durante un año para el cuidado de menores o dependientes.
MEDIDAS SOBRE LA CONTRATACIÓN
– Se facilita la contratación a los hijos discapacitados de los autónomos.
– La contratación indefinida por parte del trabajador autónomo como trabajadores por cuenta ajena de su cónyuge, ascendientes, descendientes y demás parientes por consanguinidad o afinidad, hasta el segundo grado inclusive, se bonifica las contingencias comunes el 100% un período de 12 meses. Para poder acogerse a esta bonificación será necesario que el trabajador autónomo no hubiera extinguido contratos de trabajo y mantener el contrato al menos seis meses.
COLECTIVO
– Los trabajadores por cuenta propia podrán acceder a una formación adaptada a sus necesidades, con el fin de mejorar su competitividad y consoliden su actividad empresarial.
PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES
– Se reconoce el accidente in itinere (es decir, de ida o de vuelta al puesto de trabajo) en los profesionales autónomos, siempre que no coincida con su domicilio.
– Se mejora la formación en prevención de riesgos laborales en los profesionales autónomos.
DIALOGO SOCIAL
– Las organizaciones de autónomos más importantes y representativas pasan a considerarse de “utilidad pública”.
– Las organizaciones también contarán con un año de plazo para entrar en el CES y para la constitución del Consejo del Trabajo Autónomo.