ATA C-LM valora positivamente que se abra un nuevo plazo para solicitar las ayudas directas para autónomos en Castilla-La Mancha

ATA C-LM valora positivamente que se abra un nuevo plazo para solicitar las ayudas directas para autónomos en Castilla-La Mancha


Toledo, 29 de octubre de 2021. El Diario Oficial de Castilla-La Mancha ha publicado la nueva convocatoria para acceder a las ayudas a la solvencia empresarial para pymes y autónomos castellanomanchegos de los sectores mas afectados por la COVID19 por valor de mas de 206 millones de euros. Desde hoy hasta el 12 noviembre, los trabajadores por cuenta propia de la región pertenecientes a casi 400 sectores de actividad podrán solicitarlas. (Aquí se pueden comprobar)

Tras los cambios publicados en BOE sobre Real Decreto 5/2021, la JCCM ha flexibilizado los requisitos de solicitud de la ayuda, ampliando los conceptos y el periodo subvencionable respecto de la primera convocatoria.  Es decir, los conceptos subvencionables, abarcan tanto las cuantías que se destinen a la satisfacción de la deuda y pagos a proveedores y otros acreedores, financieros y no financieros, así como los costes fijos incurridos, entre los que se incluyen de manera específica las pérdidas contables, siempre y cuando éstos se hayan devengado entre el 1 de marzo de 2020 y el 30 de septiembre de 2021 y procedan de contratos anteriores al 13 de marzo de 2021.

“Valoramos positivamente esta flexibilización de requisitos para solicitar la ayuda. Ya pusimos de manifiesto en distintas reuniones con JCCM y otros agentes, que la mayoría de autónomos castellanomanchegos con menoscabos superiores al 30% no habían podido acceder, por las inasumibles exigencias impuestas Gobierno central relativas a justificación de gastos y exceso de burocracia” asegura Miguel Ángel Rivero, presidente de ATA C-LM. “Esperamos que con estas nuevas modificaciones, la ayuda pueda llegar a muchos más autónomos de la región, con necesidades de solvencia económica y la JCCM simplifique al máximo los trámites y justificación de gastos”.

Respecto al pago de los gastos subvencionables: en primer lugar, se satisfarán los pagos a proveedores y otros acreedores no financieros, por orden de antigüedad y, si procede, se reducirá el nominal de la deuda con acreedores financieros, primando la reducción de la deuda con aval público. Por último, se podrá destinar el remanente de la ayuda a compensar los costes fijos incurridos, que incluyen las pérdidas contables propias de la actividad empresarial que no hayan sido ya cubiertas con estas u otras ayudas. La acreditación de las perdidas contables se realizará mediante los datos declarados o comprobados por la Administración, que sean facilitados por la Agencia Tributaria.

Otro aspecto importante es que estas ayudas pueden solicitarlas tanto los autónomos y empresas que ya las hayan solicitado (atendiendo ahora a los nuevos conceptos subvencionables como ampliación de periodo subvencionable) como quienes quieran acceder a ellas por primera vez.

Recordamos que las cuantías oscilarán entre 3.000 y 200.000 euros y que en todo caso, es esencial justificar una caída del 30% en el volumen operaciones anual bien declarado o bien comprobado por la propia Administración en 2020 con respecto a 2019. También deberán comprometerse a mantener la actividad correspondiente a las ayudas hasta al menos, el 30 de junio de 2022.

La ayuda puede solicitarse desde hoy PINCHANDO AQUÍ

Todos los autónomos de la región pueden asesorase sobre la documentación y trámite para solicitarlas en la web de ATA. El asesoramiento gratuito se solicita en www.ata.es/asesoramiento.  

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