Cómo solicitar la prestación por paternidad, maternidad o cuidado de un menor

Cómo solicitar la prestación por paternidad, maternidad o cuidado de un menor


¿Cuándo puedo iniciar el descanso por nacimiento y cuidado del menor? ¿Puede ser un día posterior al parto?

Vamos a analizar lo que dice la norma que es la misma para trabajadores por cuenta ajena y para autónomos:

·       REGLA GENERAL: la fecha de inicio de dicho descanso por nacimiento y cuidado del menor tiene que coincidir con la del parto.

·       EXCEPCIÓN: sólo en el caso de que el mismo día del parto la trabajador/a haya realizado actividad laboral, el inicio del descanso por nacimiento y cuidado del menor y consiguiente subsidio tiene lugar el día siguiente al del parto.

Así, si el beneficiario de la prestación es trabajador cuenta ajena se deberá de enviar el certificado de empresa indicando, como fecha de inicio, la fecha del parto, salvo que el trabajador/a haya prestado servicios. Y si hablamos de un autónomo o trabajador por cuenta propia se debe indicar como fecha de inicio del descanso, la fecha del parto, salvo que ese día el trabajador/a haya realizado su actividad.

Las solicitud depende de cada Mutua. Debes descargarla de tu Mutua.

Si tienes más dudas en relación con la gestión de la prestación por paternidad o maternidad y la conciliación puedes acudir a nuestros asesores para resolverlas. Tan sencillo como solicitar la consulta en: https://ata.es/formulario-de-consulta/

Además

Bonificación de cuotas de Seguridad Social para personas trabajadoras autónomas durante el descanso por nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción, acogimiento, riesgo durante el embarazo o riesgo durante la lactancia natural.

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