¿Qué requisitos deben cumplir los autónomos para disfrutar de la jubilación activa?

¿Qué requisitos deben cumplir los autónomos para disfrutar de la jubilación activa?


Debes de cumplir con la edad legal de jubilación y tener derecho al 100% de la base reguladora.

Si eres autónomo persona física deberás tener al menos un trabajador a tu cargo para acceder a la prestación completa, si no lo tienes esta prestación se reduce al 50%. Los autónomos societarios tienen otras particularidades que te invitamos a asesorarte en ATA.

Cambios 2022

La Ley 21/2021, de 28 diciembre, ha modificado el artículo 214 del TRLGSS introduciendo un nuevo requisito para acceder a la pensión de jubilación mientras se continúa en activo.

La nueva normativa para compatibilizar la pensión de jubilación con el trabajo por cuenta ajena o propia modifica el artículo 214 del TRLGSS, quedando en su apartado 1. a) de la siguiente manera:

El acceso a la pensión deberá haber tenido lugar al menos un año después de haber cumplido la edad que en cada caso resulte de aplicación, según lo establecido en el artículo 205.1.a), sin que, a tales efectos, sean admisibles jubilaciones acogidas a bonificaciones o anticipaciones de la edad de jubilación que pudieran ser de aplicación al interesado. Tras la modificación del TRLGSS, el requisito de acceso a la pensión de jubilación activa exige que se suceda al menos 1 año después de haber cumplido la edad ordinaria de jubilación. Esta nueva normativa ha sido introducida con efectos desde el 1 de enero de 2022.

La nueva normativa de TGSS sobre la jubilación activa será compatible en estos casos:

La pensión de jubilación, en su modalidad contributiva, será compatible con la realización de cualquier trabajo por cuenta ajena o por cuenta propia en estos términos:

  • El acceso a la pensión deberá haberse producido al menos 1 año después desde que se cumpliera la edad que resulte de aplicación.
  • No se admitirán jubilaciones acogidas a bonificaciones ni anticipadas a la edad de jubilación.
  • Esta nueva normativa de TGSS será de aplicación única y exclusivamente para pensiones de jubilación producidas a partir del 1 de enero de 2022.

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